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CONVOCATORIA PARA LA ELECCIONES DE LA
FEDERACIÓN UNIVERSITARIA LOCAL
(FUL) DE LA
UMSA PARA LA GESTIÓN 2007 - 2009
Estimados hermanos,
compañeros y camaradas Universitarios:
Nuestra querida UMSA, bastión de la revolución y la resistencia en
Bolivia ha sido durante bastantes años privada de una Representación
Estudiantil Legítima al no permitir que nuestro estamento se organice y
conforme una F.U.L. que vele por los Universitarios.
Culpables de ese profundo vacío y postergación de representación han
sido algunos malos dirigentes Universitarios que usaron nuestra
representación para conseguir intereses propios, sectarios o
partidistas y que además sirven a logias de poder.
También han tenido su cuota de culpa algunas autoridades que desde
Jefaturas de Carrera, Decanatos y Rectorados quienes bajo el amparo del
"anonimato" han preferido oponerse a la conformación de una F.U.L. a la
que le tienen miedo.
Sabemos que mucha de esa gente va a tratar de sabotear éste proceso que
ha costado empezar, sabemos también que no será una tarea fácil, para
ello necesitamos de tu apoyo y participación como el más importante
veedor, fiscalizador y guardián protector de éste proceso.
Es en virtud de lo anteriormente expuesto que el Intercentros, al
amparo de:
- El Artículo 185 de la Constitución Política del Estado;
- Los incisos h) e i) del artículo 5, los Artículos 53, 54 y 55 del Estatuto Orgánico de la Universidad Boliviana
- El Inciso a) del P I y P II del Artículo 8 del Estatuto Orgánico de la
Universidad Mayor de San Andrés Aprobado en el Primer Congreso Interno
de la UMSA - 1988
- Los Incisos e) y f) del Artículo 14 del Reglamento del
Régimen Estudiantil de la Universidad Boliviana del X Congreso Nacional
de Universidades del 2003.
- El Reglamento Electoral Estudiantil de la Universidad Mayor de San Andrés en los artículos que a continuación se detallan:
Art. 4.-
El comité electoral es el Máximo Organismo en Materia Electoral con
Jurisdicción y Competencia en todo el acto eleccionario, sus decisiones
son de cumplimiento obligatorio, irrevisables e inapelables, excepto en
las materias que no corresponden al ámbito de su jurisdicción y
competencia no constituyéndose por motivo ninguno, en órganos de
Dirección o de Co-gobierno, no pudiendo ejercer representación alguna a
éstos niveles.
Art. 6.-
…
El comité Electoral de la Federación Universitaria Local se elige en
Consejo de Dirigentes, 30 días antes del Cumplimiento de su mandato. En
ausencia de esto, el intercentros asumirá para sí ésta tarea al
fenecimiento de la Gestión de la FUL, debiendo convocar únicamente a
consejo de Dirigentes Facultativos.
Art. 11.- Atribuciones y obligaciones del Comité
Electoral:
El Comité Electoral trabajará bajo las siguientes atribuciones y obligaciones:
- Presidir las elecciones
- Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento y las Resoluciones y determinaciones de su organización
- Publicar la convocatoria en el lapso establecido por el presente
reglamento. Art. 10 inc. e). (del Reglamento Electoral Estudiantil)
- Establecer asientos y mesas electorales donde corresponda.
- Nombrar al Presidente y Vocales de los asientos y mesas electorales
según sorteos de las nóminas de registros de cada unidad académica o
ante la imposibilidad de hacerlo; nombrarlos en coordinación con las
Direcciones Estudiantiles vigentes.
- Depurar, aprobar y distribuir listas electorales a cada mesa receptora de votantes.
- Recibir las inscripciones de los frentes participantes con 10 días de anticipación al acto eleccionario.
- El comité electoral no tiene atribuciones para resolver los problemas internos que hacen a cada frente.
- Declarar desiertas las elecciones en caso de no presentarse ningún frente, en los plazos establecidos.
- Resolver todos los casos en conflicto, tanto en el desarrollo de la campaña como el verificativo de las elecciones.
- Entregar y levantar actas únicas de apertura, cierre y escrutinio de
ánforas con la presencia de los delegados de por lo menos dos frentes
presentes y en el caso de frente único en la presencia de éste.
- Hacer uso de bienes y recursos Universitarios para el
desarrollo del proceso electoral en beneficio igualitario de todos los
frentes participantes, esto quiere decir, que el Comité Electoral está
facultado para hacer uso del presupuesto, de la imprenta universitaria,
o de la empresa de impresiones que determine.
- Invitar a las autoridades Universitarias al acto de posesión de los candidatos elegidos
- Presidir y levantar actas firmadas del acto de escrutinio para reconocimiento público.
- Proclamar inmediatamente a los candidatos elegidos una vez concluido el escrutinio y conocidos los resultados finales.
- En mérito al principio de Preclusión, ninguna elección podrá ser
anulada por ninguna causa y ante ninguna instancia (Art. 3 inc. f),
salvo aquellas que incumplieran el presente reglamento.
- Resolver todos los actos no contemplados en el presente reglamento con observación del carácter supletorio de la Ley.
- Entregar la lista índice de votantes de acuerdo a las particularidades de cada Unidad Académica.
- En caso de que el Comité Electoral no lleve a cabo las elecciones en el
plazo presentado por el presente reglamento, deberán devolver la
totalidad de los recursos económicos desembolsados"
Y por el Acta de Congreso de Dirigentes Facultativos emanada de la
reunión de Intercentros de la Universidad Mayor de San Andrés, misma
que se anexa a la presente convocatoria, llevada a cabo el primer día
de agosto del 2007 y ratificada mediante resolución de fecha 29 de
agosto de 2007, oportunidad en la cual se eligió al Comité Electoral el
mismo que llevará a cabo el proceso eleccionario de la Federación
Universitaria Local de la Universidad Mayor de San Andrés para la
Gestión 2007 al 2009, en atribuciones que ésta instancia nos confiere.
EL COMITÉ ELECTORAL
CONVOCATORIA A ELECCIONES DE LA
FEDERACIÓN UNIVERSITARIA LOCAL
DE LA UMSA PARA LA GESTIÓN 2007
- 2009
CAPITULO I
CONVOCATORIA A ELECCIONES
ARTICULO 1.- DE LA CONVOCATORIA
El Comité Electoral convoca
a Estudiantes Universitarios a la presentación de Frentes para las
elecciones de la Federación Universitaria Local de la UMSA para la
gestión 2007 - 2009.
CAPITULO II EJERCICIO DE LA REPRESENTACION
ARTICULO 2.- DE LA REPRESENTACIÓN
La Elección de las
Autoridades Estudiantiles de la Federación Universitaria Local de la
UMSA se llevara a cabo mediante sufragio universal, libre, directo y
secreto de la lista de candidatos que cada Frente presentare para dicha
elección.
CAPITULO III ELECTORADO
ARTICULO 3.- DE LOS ELECTORES
Son electores todos los
estudiantes legalmente matriculados en la División de Gestiones,
Admisiones y Registros de la Universidad Mayor de San Andrés y
debidamente inscritos en la Oficina de Kardex de cada Carrera, quienes
emitirán su voto solo previa presentación de la matricula vigente y
Cédula de Identidad, en caso de no portar éste último documento, podrá
presentarse el Pasaporte o Registro Único Nacional (RUN).
CAPITULO IV INSCRIPCIONES DE CANDIDATOS
ARTICULO 4.- DE LOS REQUISITOS
Para participar como candidato se deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser boliviano de nacimiento (fotocopia de CI, RUN, Libreta de Servicio Militar)
- Estar legalmente matriculado en la gestión 2007(fotocopia)
- Ser postulado por un frente estudiantil e inscrito en los plazos establecidos por la presente convocatoria.
- No
tener deudas pendientes con la UMSA, certificada por el Área
Desconcentrada de cada Facultad, para delegados a Co-Gobierno por el
DAF..
- En caso de haber concluido su carrera el postulante no deberá exceder los dos años después de la culminación de sus estudios.
- Para
cargos Ejecutivos, de Cogobierno y Secretaría de Hacienda; no haber
sido condenado a pena corporal con pérdida privativa de libertad ni
tener pliego de cargo o auto de culpa ejecutoriado. Como constancia de
ello, se deberá presentar la certificación del REJAP (original).
CAPITULO V INHABILITACION DE CANDIDATOS
ARTICULO 5.- DE LAS INHABILITACIONES
Son causales de inhabilitación de candidatos las siguientes:
- El incumplimiento de los requisitos del Artículo anterior;
- No
podrán participar los estudiantes que habiendo sido miembros de
anteriores Organizaciones Estudiantiles, que no hubieran rendido sus
informes económicos y de gestión en los plazos previstos por
reglamentación universitaria vigente.
- No podrán participar aquellos que sirvieron en organismos
de seguridad y representación o que hayan incurrido en actos que
lesionen los principios y fines de la Autonomía Universitaria, la
dignidad e integridad de la comunidad universitaria.
- No constituye causal de inhabilitación la confesión
política, ideológica, religiosa o de otra índole que tenga el o los
candidatos, en estricto respeto a los principios y fines democráticos y
pluralistas de la UMSA.
CAPITULO VI INCOMPATIBILIDADES
ARTICULO 6.- INCOMPATIBILIDADES Y LICENCIAS
Se contemplan las siguientes incompatibilidades:
- Los Candidatos no podrán tener dualidad de
funciones con otras Organizaciones de Dirección Estudiantil dentro de
la UMSA. Los que la tuvieren, deberán presentar renuncia irrevocable
visada por su instancia estudiantil y de Cogobierno que corresponda,
así como la constancia de aceptación respectiva, hasta el día jueves 13
de septiembre del presente año ante el Comité Electoral, esto incluye a
la OAD, Centros de Estudiantes Campesinos, Comensales y otras
representaciones estudiantiles reconocidas por la UMSA.
- Los miembros del Comité Electoral no podrán participar ni
habilitarse como candidatos a pesar de su renuncia ante el Comité
Electoral.
- Los candidatos no podrán integrar más de un Frente. En caso
de surgir ésta incompatibilidad, el candidato deberá presentar carta
escrita o ratificatoria de adscripción a un solo Frente hasta el día
viernes 21 de septiembre del 2007.
- No podrán participar candidatos que a pesar de ser
universitarios, ejerzan funciones de docencia o cargo administrativo
dentro de la UMSA.
- No podrán participar candidatos que se hubieren titulado
antes de que se cumplan los dos años posteriores al egreso, a no ser
que se encontraren inscritos en otra Carrera, siendo así que solo
podrán votar en la Carrera en la que mantengan su condición de
Estudiantes.
ARTICULO 7.- DE LAS CARTERAS
Las elecciones se
desarrollarán por fórmula electoral para las siguientes carteras, no
constituyendo causal de inhabilitación del Frente la no presentación
completa de la Plancha, debiendo presentar por lo menos titulares en
las siguientes Carteras:
- Secretaria Ejecutivo
- Secretaria General
- Secretaria Académica
- Secretaria de Conflictos
- Secretaria de Hacienda
- Secretaria de Relaciones
- Secretaria de Cultura
- Secretaria de Coordinación y Comunicación
- Secretaria de Bienestar Estudiantil
- Secretaria de Prensa y Propaganda
- Secretaria Economía y Presupuesto
- Secretaria de Deportes
- Secretaria de Asuntos Ecológicos y Medio Ambiente
- Secretaria de Actas
- Secretaria de Genero
- Vocales
La filiación de los Delegados a Cogobierno irá
obligatoriamente detallada en el Anexo I, indicando su titularidad o
suplencia, de la plancha presentada. Los formularios serán
proporcionados por el Comité Electoral.
CAPITULO VII
DELEGADOS A LAS INSTANCIAS DE
COGOBIERNO
ARTICULO 8.- DE LOS DELEGADOS AL
COGOBIERNO
Las
delegaciones a los organismos de Cogobierno se rigen de acuerdo
principio de:
INDELEGABILIDAD.- El mandato ante las instancias de Cogobierno es
individual único e indelegable, salvo a sus suplencias de manera
expresa y tienen correspondencia en sus titularidades.
ARTICULO 9.- DEL NÚMERO DE REPRESENTANTES
AL COGOBIERNO
El
numero de representantes y suplentes a las diferentes instancias: de
Cogobierno se subsumen a reglamentación universitaria vigente.
CAPITULO VIII
INSCRIPCIONES DE LOS FRENTES
ARTICULO 10.- DE LA INSCRIPCIÓN DE LOS
FRENTES
Se
recepcionará la documentación de los Frentes participantes desde horas
09:00 de la mañana hasta horas 12:00 pm. (medio día) del día viernes 14
de septiembre del año en curso indefectiblemente en oficinas del Comité
Electoral (Ex - librería, lado cafetería UMSA).
La documentación de inscripción de los Frentes deberá contar
necesariamente con:
- Carta dirigida al Comité Electoral solicitando su
inscripción, en ella se indicará, la sigla del frente, logo, símbolo y
colores. De presentarse algún tipo de disputa sobre sigla o colores, se
respetará el orden de inscripción.
- Programa político o de lucha.
- Plan académico de trabajo
- Formulario de inscripción proporcionado por el Comité Electoral, debidamente llenado en los ANEXOS I, II y III
- Listas de candidatos que indiquen la Cartera a la que postulan, según formulario que será proporcionado por el comité electoral.
- Fotocopias
de Cédulas de Identificación vigente y la matricula universitaria de la
gestión 2007 de los candidatos, con firma al pie de la página.
Los Frentes participantes entregarán su documentación en
acto público, con la presencia de notario dwe fe publica y bajo la
vigilancia de un delegado acreditado por Frente, veedores y medios de
comunicación invitados.
La documentación será entregada debidamente foliada en la fecha y
plazos indicados en la presente convocatoria.
ARTICULO 11.- DE LAS OBSERVACIONES
Las observaciones realizadas a los candidatos y Frentes se sujetarán al siguiente calendario:
- Publicación de las observaciones hechas a los
frentes y candidatos el día miércoles 19 de septiembre del año en curso
a Horas 12.00 pm. (medio día)
- Las observaciones realizadas por el Comité Electoral a los
Frentes y candidatos deberán ser subsanadas hasta Horas 12:00 pm.
(medio día) del día viernes 21 de septiembre del 2007 exclusivamente
por los delegados acreditados.
CAPITULO IX
MODIFICACION DE LISTAS
ARTICULO 12.- DE LAS LISTAS
La lista de candidatos de los
Frentes inscritos ante el Comité Electoral, solamente podrán
modificarse por los delegados acreditados según el Art. 11 Inc. b) por
los siguientes motivos:
- Por renuncia de candidato
- Por muerte
- Por
incumplimiento de alguno de los incisos señalados en el Articulo 4 de
la presente convocatoria, debiendo seguirse el orden de prelación que
corresponda
- En el caso de cambio o sustitución de candidatos, no se
podrá incorporar un nombre que no haya estado contemplado en la primera
lista entregada.
- La sustitución de candidatos prevista por el presente
Artículo o la reubicación interna dentro de la plancha podrá ser
realizada a solicitud escrita expresa del delegado representante de
cada frente antes de las 12:00 horas (medio día) del día viernes 21 de
septiembre del 2007.
CAPITULO X
CAMPAÑA ELECTORAL Y PROPAGANDA
ARTICULO 13.- DE LA CAMPAÑA ELECTORAL
Se entiende por
campaña electoral toda actividad de los Frentes destinados a la
promoción de candidatos, difusión y explicación de programas así como
la promoción de sus colores y siglas.
El período de Campaña Electoral se dará por iniciado a la publicación
de la presente convocatoria, vale decir, el día viernes 31 de agosto
del 2007 y culminará 24 horas antes del acto electoral.
DE LA RESPONSABILIDAD
Los frentes y sus representantes oficiales son responsables del
contenido de la propaganda y en caso de que esta resultare agresiva,
ofensiva o injuriante en forma individual o colectiva serán pasibles a
las sanciones que en derecho importe esta responsabilidad por la vía
legal que corresponda.
ARTICULO 14.- DE LAS PROHIBICIONES
- No se permitirá propaganda dirigida a la abstención
y que dañe la moral y la integridad de las personas, la misma que será
retirada por el Comité Electoral
- Tampoco esta permitida la propaganda que implique ofrecimiento de dinero o prebenda de cualquier naturaleza.
- Esta igualmente prohibida la propaganda que perjudique la estética o higiene de los predios Universitarios.
- Los
representantes del frente simpatizante deberán abandonar sus
distintivos en el momento de emitir su voto. Caso contrario no se les
permitirá sufragar. Quedará a cargo el cumplimiento de esta
determinación el presidente de mesa del comité electoral.
- Se prohíbe propaganda electoral en las cercanías de las mesas donde se encuentren las ánforas electorales.
- Queda prohibido realizar propaganda electoral en formato parecido a la papeleta de elecciones.
- No se podrá utilizar amplificaciones y/o altavoces dentro de los predios universitarios durante el día de las elecciones.
- Queda
prohibido realizar deterioro a los predios y ambientes universitarios,
los que contravinieren dicha disposición serán sometidos a la vía legal
que corresponda.
ARTICULO 15.- DE LA SUSPENCIÓN Y SANCIONES
El Comité Electoral dispondrá la inmediata suspensión de la
propaganda que infrinja las anteriores prohibiciones, en caso de
persistir esta propaganda el Comité Electoral elevara el informe que
corresponda al HCU y seguirá el proceso que corresponda, asimismo el
Comité Electoral podrá disponer la inhabilitación del o los Frentes
Infractores.
ARTICULO 16.- DE LA PROCLAMACIÓN DEL
CANDIDATO
Se proclamará como Frente ganador a aquel que haya obtenido la simple mayoría después del escrutinio final.
ARTICULO 17.- DE LA JERARQUÍA DE LA NORMA
La información a cerca del procedimiento electoral (votación,
designación de jurados electorales, atribuciones, escrutinio), y otros
concernientes al acto electoral, remítase al Reglamento Electoral
Estudiantil vigente.
ARTICULO 18.- DEL CALENDARIO
El calendario para las actividades de éste proceso electoral es el siguiente:
Actividad
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Fecha
|
| Publicación de la convocatoria |
Viernes 31 de agosto |
| Renuncia de Candidatos a otras representaciones estudiantiles |
Hasta Jueves 13 de Septiembre |
| Inscripción de Frentes |
Hasta Viernes 14 de Septiembre |
| Publicación de observaciones |
Miércoles 19 de Septiembre |
| Fecha límite para subsanar las observaciones |
Hasta viernes 21 de septiembre |
| Presentación de candidatos |
Viernes 21 de septiembre |
| Elecciones |
Lunes 24 de septiembre |
REPROGRAMACIÓN DE FECHA DE ELECCIONES
PARA LA FEDERACIÓN UNIVERSITARIA LOCAL
F.U.L.
POR DETERMINACIÓN DE CONSEJO DE DIRIGENTES FACULTATIVOS DE LA
UMSA, SE MODIFICAN LAS FECHAS DE ELECCIONES PARA LA FUL, EN BASE A
RESOLUCIÓN DE 22 Y 29 DE AGOSTO DE 2007.
CRONOGRAMA REPROGRAMADO Y DEFINITIVO
Actividad
|
Fecha
|
| Publicación de la convocatoria |
Viernes 31 de agosto |
| Renuncia de Candidatos a otras representaciones estudiantiles |
Hasta Jueves 13 de Septiembre |
| Inscripción de Frentes |
Hasta Viernes 14 de Septiembre |
| Publicación de observaciones |
Miércoles 19 de Septiembre |
| Fecha límite para subsanar las observaciones |
Hasta viernes 21 de septiembre |
| Presentación de candidatos |
Viernes 21 de septiembre |
| Elecciones |
Lunes 24 de septiembre |
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